CAPITULACIONES MATRIMONIALES

Los futuros contrayentes pueden convenir el régimen patrimonial al cual se someterán los bienes de propiedad de cada uno, independientemente de que alguno no tenga bienes.

Son un convenio celebrado entre una pareja antes de contraer matrimonio que contiene la expresión de los bienes que se aportarán a la sociedad conyugal.

TRAMITES nOTARIALES

COMPRAVENTA

Por la compraventa una persona se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla, celebrando el contrato mediante escritura pública si el objeto de la obligación de dar, es un inmueble.

MATRIMONIO CIVIL

Sin prejuicio de la competencia de los jueces civiles, podrá celebrarse ante notario el matrimonio civil mediante decreto 2668 del 26 de diciembre de 1.988, norma reglada para este fin

SUCESIÓN NOTARIAL

Se facultó a los Notarios para tramitar las sucesiones, para lo cual deben estar de acuerdo todos los interesados, en caso de divergencia deben acudir al Juez. El menor heredero debe estar debidamente representado.
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