¿Qué es la Patria Potestad?
Es habitual que se confunda o no se conozca la diferencia entre el término o concepto jurídico con el concepto de guarda y custodia de los menores, pero ¿Qué es la patria potestad?. Aunque son conceptos que el centro sobre el que giran son los derechos de nuestros niños, niñas y adolescentes.
¿Qué se entiende por patria potestad?
La patria potestad son todos los derechos y deberes de los padres en relación con sus hijos menores de edad no emancipados. Confiere a los padres la representación legal del hijo y encierra un doble contenido: personal y patrimonial. Como deberes inherentes a la patria potestad se encuentran, velar por los hijos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos, procurarles una formación integral así como representarlos y administrar sus bienes.
Será por tanto, el conjunto de derechos que la Ley concede a los padres sobre las personas y bienes de los descendientes.
Es indisponible, ya que su ejercicio no puede ser modificado, ni extinguido por la propia voluntad privada, sino únicamente en aquellos casos en los que la ley lo permita y sólo a través de un proceso denominado suspensión o privación de la patria potestad, en el cual un Juez de Familia es quien decreta la privación o suspensión siempre que se establezca alguna de las causales establecidas en los artículos 310 y 315 del Código Civil Colombiano.
Lo normal es que ambos progenitores ejerzan conjuntamente la patria potestad, y con carácter excepcional su ejercicio puede atribuirse de forma exclusiva a uno de los progenitores
Entre otras, el ejercicio de la patria potestad comprende las siguientes cuestiones:
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- Educación de los hijos.
- Escolarización o cambio de colegio.
- Viajes de los hijos.
- Cambio de domicilio.
- Toma de decisiones sobre su salud.
- Administración de los bienes de los hijos
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¿SE PUEDE PRIVAR A LOS PADRES DE LA PATRIA POTESTAD?
Es inherente a la maternidad o paternidad. Es decir, por el hecho de ser padre o madre se adquiere la titularidad. No obstante, cabe la posibilidad de privar a uno o a los dos progenitores de dicha titularidad.
Para que pueda tener lugar la privación, se requiere una causa suficientemente grave como para adoptar esta decisión en sentencia, previa la tramitación del correspondiente juicio.
Las causas posibles de privación o suspensión de la patria potestad son: drogodependencia , alcoholismo, perturbaciones mentales, malos tratos, ausencia de relación con los hijos, incumplimiento del deber de alimentarlos, condena penal, etcétera.
La privación total o parcial, nunca es una medida absoluta y definitiva, ya que en cualquier momento cabe la posibilidad de revisar la situación de hecho y acordar la recuperación de la patria potestad.
EN UN TRÁMITE DE DIVORCIO
En Colombia los divorcios con hijos son comunes es por ello que el tema de la patria potestad, es un tema muy consultado durante un proceso de divorcio. Por ello, cuando se produce una ruptura sentimental, lo habitual es que ambos progenitores ejerzan conjuntamente la patria potestad de sus hijos,
El divorcio o separación no altera sus deberes y obligaciones con respecto a los hijos, a no ser que el juez encuentre motivos para, anteponiendo el interés del hijo, dictaminar que sea ejercida por uno sólo de ellos.
Es decir, la ruptura de una pareja no afecta a los deberes y derechos que tienen los padres:
- Velar por los hijos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.
- Representar y administrar los bienes de los hijos